Escuela Liceo Juárez - Secundaria y Preparatoria en Ciudad del Carmen

Reglamento

REGLAMENTO: PUNTOS A RESALTAR

  • El o los alumnos que causen algún daño o deterioro en los bienes personales de algún compañero (a), deberán repararlo, reponerlo o pagar el valor del objeto en cuestión.
  • La escuela no se hace responsable de la pérdida de objetos de valor como: joyas, celulares, dinero en efectivo, tabletas, videojuegos, laptop, etc.
  • Los problemas de conducta serán canalizados al depto. Psicopedagógico y de prefectura para dar un seguimiento adecuado. Será importante el apoyo que los padres brinden a sus hijos.
  • Programa de “operación mochila”
  • Si durante su estancia en el plantel el alumno presentara algún malestar, se llamará al padre o tutor para que recoja a su hijo de manera inmediata.
  • Responder en tiempo y forma a los llamados de los docentes y directivos, a fin de mantener una adecuada comunicación.
  • Respetar el orden en una sola fila, a la hora de dejar o recoger a su hijo o hija; ya que de lo contrario, no se voceara al alumno (a). Todo ello, con la finalidad de evitar accidentes de cualquier tipo.
  • Será sancionado todo aquel alumno que haga uso de fotos impropias o comentarios ofensivos a otro compañero.
  • Se realizará de manera periódica la revisión de higiene personal. (Cabello, uñas, orejas, etc.)

REGLAMENTO COMPLETO

Con el propósito de regular los aspectos conductuales del educando  y de encausar adecuadamente los procesos de Enseñanza-Aprendizaje, la dirección y el personal multidisciplinario de esta institución, ha tenido a bien elaborar el presente reglamento del alumnado que regirá su estancia educativa, entrando en vigor, desde el momento de su inscripción o asignación en su caso.

REGLAMENTO DE ALUMNOS

Inscripción, Aranceles y Documentación

Art. 1º Para ser considerado como alumno regular de esta institución deberá haber efectuado el siguiente proceso administrativo:

Presentar el original y las copias de la documentación completa (Acta de Nacimiento (nuevo formato), Certificado del último nivel de estudios, Carta de buena conducta, CURP y Seis fotografías tamaño infantil blanco/negro, no instantánea), así como los requeridos por la institución aun cuando no se mencionen en el presente reglamento.

  1. Llenar solicitud de inscripción con la firma del representante legal (Padre o Tutor legal).
  2. Reinscribirse al finalizar cada ciclo escolar o semestre próximo a cursar.
  3. Cubrir los aranceles correspondientes (Inscripción, Seguro Escolar y Mensualidad).
  4. Alumno que no tenga su documentación en orden contará con un lapso de 20 días a partir de su inscripción formal para completar su expediente (Incluyendo certificado parcial para quienes lo ameriten); de no respetar éste acuerdo, causará baja automática sin derecho a réplica por el reembolso de su pago.
  5. En el caso del solicitante a ingresar que tenga estudios en el extranjero, tendrá que presentar su revalidación en la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Educación Pública o SEDUC de Campeche para su ingreso.
  6. Los estudiantes que provengan de preparatorias no incorporadas a la universidad (UNACAR), realizarán el trámite correspondiente a revalidación.
  7. El pago de colegiaturas, se efectuará los 7 primeros días naturales de cada mes, de no realizarse así, este arancel tendrá un recargo adicional del 10%, haciendo la aclaración de que el alumno de secundaria que no cubra los pagos correspondientes, no tendrá derecho a exámenes mensuales; y en el caso de preparatoria, se suspenderá el derecho a presentar sus exámenes parciales, extraordinarios y/o a título de suficiencia.
  8. Con base a lo expuesto en el inciso anterior, el alumno de secundaria que continúe presentando rezago en colegiaturas, no tendrá derecho a presentar exámenes trimestrales, ni se le permitirá el acceso a la institución, salvo que venga acompañado de su tutor para realizar las gestiones pertinentes ante el departamento contable. A nivel preparatoria, el alumno tendrá que estar al corriente de sus pagos para presentar sus exámenes parciales, de lo contrario, le serán suspendidos los servicios que ofrece la institución. Asimismo, el exceso de rezagos en el pago de la colegiatura motivará la baja inmediata del alumno, deslindando a la institución de cualquier responsabilidad.
  9. Si se comprueba que la documentación de un alumno es apócrifa; no procederá la inscripción; asimismo, no se le considerará como alumno regular de la institución y no habrá reembolso de las cuotas pagadas por este trámite. A nivel preparatoria, las inscripciones son al inicio de clases de cada semestre.
  10. Deberá cubrir las mensualidades de acuerdo a la propuesta de pago elegida por el padre de familia o tutor (incluye el período vacacional a nivel secundaria y preparatoria).
  11. Las suspensiones de clases o de exámenes derivadas de adeudos en aranceles no serán motivo de responsabilidad para la dirección.
  12. Para la realización de las solicitudes de los certificados parciales o completos deberá cumplir con los siguientes requisitos:
    • Presentar un oficio emitido por el tutor, solicitando su baja y sus
    • Realizar el pago correspondiente a la baja definitiva.
    • Realizar el pago correspondiente a la solicitud de certificado.
    • Llenar el formato de solicitud de certificado (3 originales en tinta azul), y anexar la documentación requerida especificada en el formato.
    • No tener adeudos de (colegiaturas, exámenes etc.)
    • Haber aprobado satisfactoriamente las materias ( en el caso de los certificados completos)
    • Solicitar certificado completo o parcial, en control escolar (institucional) dentro de las fechas autorizadas por UNACAR.
    • De no respetar alguno de los aspectos ya definidos el trámite no procederá.
  13. Para el caso de los alumnos que ingresan a la institución por estudios de equivalencia, no se cobrará dicho trámite en su ingreso; no obstante, si el alumno desea transitar nuevamente a otra preparatoria, deberá cubrir el costo de los aranceles vigentes al semestre que corresponda.
  14. Todo alumno tiene derecho a la educación sin ningún tipo de excepciones; la Institución no será condicionada por problemas familiares o personales de los alumnos.

PUNTUALIDAD

Art. 2º Deberán asistir puntualmente a sus clases en su horario establecido;

  1. A nivel secundaria de 7:00 am. Al horario de salida que le corresponda
  2. A nivel medio superior de 7:00 am. – al horario de salida que le corresponda

 

Art. 3º Si por algún motivo el alumno no se presenta en la hora de entrada estipulada, tendrá una tolerancia de 5 minutos, a la cual tiene derecho solo dos veces al mes. En la primera ocasión, se le enviará una notificación al tutor, informándole de que si reincide en llegar tarde, no se le dejará pasar a la institución al alumno:

(a)  si no es acompañando del padre o tutor. Al acumular dos retardos, se enviará de vuelta a su casa (previo aviso) y  se le solicitará que pase a firmar una responsiva de puntualidad y asistencia, comprometiéndose a realizar actividades de labor social en el centro escolar relacionadas con el valor del que carece.

(b) No se le permitirá la entrada a los alumnos que lleguen después de las 7:05 A.M. a menos que presente un justificante médico de cualquier institución de salud oficial (IMSS, ISSTE, PEMEX, ETC.)

ASISTENCIA

Art. 4º Cuando el alumno falte a clases deberá presentar su justificante médico avalado por una institución oficial (IMSS, ISSTE, PEMEX, etc.); el tutor, tendrá la responsabilidad de informarlo en dirección personalmente o vía telefónica en un lapso no mayor de 3 días posteriores al incidente; ya que para el nivel de secundaria es indispensable contar con el 80% de asistencia para acreditar el ciclo escolar.

Art. 5° En el nivel de preparatoria, las faltas por motivos personales o familiares podrán ser justificadas mediante un escrito realizado por el tutor, el cual sólo aplicará una sola vez al semestre; en el cual deberá exponer las razones de la ausencia, si el alumno reincide por las mismas razones, sus faltas no serán nuevamente justificadas. Todo alumno que deje de asistir durante 7 días hábiles sin justificación o notificación alguna a la dirección de la escuela, será dado de baja temporalmente; sin embargo, no quedará exento del pago de colegiaturas, en tanto el padre de familia o tutor, no informe o confirme la baja definitiva.

Art. 6º En el nivel secundaria, las situaciones personales o familiares que pudieran impedir la asistencia a clase de los alumnos, serán considerados de acuerdo al criterio de las autoridades educativas.

UNIFORME

Art. 7º El alumno deberá asistir diariamente con el uniforme obligatorio; de igual forma deberá portarlo en el caso de acudir a las instalaciones por algún otro asunto académico (asesorías, cursos intersemestrales, etc.). En el caso de deporte, el uniforme establecido (pants azul marino, playera del uniforme y tenis blancos).
La presentación física será:

Hombres:
a) Cabello corto, sin tinte y peinado de forma apropiada.
b) Sin aretes, ni perforaciones de ningún tipo.
c) Uñas recortadas y limpias (manos).
d) Uniforme correspondiente.
e) Cinturón negro de vestir.
f) Zapatos negros boleados.
g) Suéter, chaleco, etc., negro, blanco, liso.
h) Calcetines azul marino.

Mujeres:
a) Uñas limpias.
b) Sin maquillaje en el caso de secundaria
c) En el caso de preparatoria (maquillaje sutil)
d) Zapatos escolares negros (limpios).
e) Calcetas largas azul marino
f) Uniforme correspondiente.
g) Accesorios discretos.
h) Sin perforaciones de ningún tipo, sin tatuajes.

Art. 7.1 Al incumplir con la adecuada presentación física, la prefectura tomará las medidas que correspondan, según el inciso que se haya quebrantado.

Art. 8° El alumno que se presente a la institución y no cumpla portando el uniforme completo, recibirá una llamada de atención la primera vez y se le notificará al tutor. En dado caso de reincidir, se le retirará a su casa, con previo aviso al padre de familia o tutor.

Art. 9° Todo estudiante deberá procurar por una imagen pulcra, limpia y presentable de su persona, haciendo de ello un hábito cotidiano.

Art. 10º Los alumnos de esta institución deberán portar el uniforme oficial todos los días y en la realización de actividades cívicas fuera del plantel; por comodidad, utilizarán el uniforme deportivo designado por la institución con tenis en color blanco para las actividades de educación física.

Art. 11º Todo alumno que cometa faltas fuera de la institución, portando el uniforme oficial, será sancionado de manera temporal o definitiva, según sea el caso.

APROVECHAMIENTO

Art. 12º La escala de calificación a nivel secundaria es de 5 a 10, la calificación mínima aprobatoria es de 6; a nivel preparatoria, la escala de calificación es de 0 a 100, siendo la calificación mínima aprobatoria 70.

Art. 13º Cada maestro llevará en su lista de asistencia, el control de aprovechamiento y asistencia de los alumnos, debiendo de proporcionar esta información a prefectura y a control escolar.

Art. 14º Las tareas y trabajos deberán ser entregados en las fechas que estipule el profesor responsable de cada asignatura. De no ser así, el porcentaje de calificación disminuirá por atrasos o será nula si no se entrega.

Art. 15º En el caso de secundaria, trimestralmente se realizará la entrega de boletas de calificaciones; en el nivel medio superior, se entregarán después de la aplicación de cada secuencia programada; cabe señalar, que este documento no tendrá validez oficial si presenta tachaduras, enmendaduras, borrones o demarcaciones; de presentarse alguna boleta con esas características, el padre o tutor tendrá que efectuar aclaraciones pertinentes.

Art. 16º Los tutores de los alumnos deberán presentarse a las reuniones que se realicen durante el ciclo escolar; de no contar con su presencia, a los alumnos no se les permitirá la entrada al plantel educativo hasta que se presente el responsable.

Art. 17º Todo alumno inconforme con su calificación, tiene derecho a que el maestro le muestre su examen y le señale los errores, teniendo como tiempo máximo para ejercer ese derecho, las primeras 48 horas posteriores al conocimiento del resultado de sus exámenes, bajo la observación que no adeude ningún pago.

Art. 18º Todo el alumno que tenga 3 inasistencias en una asignatura durante el período a evaluar, perderá el derecho a presentar el examen correspondiente, siendo notificado el padre o tutor.

Art. 19° Los alumnos que falten a clases durante el período de exámenes y que no presenten una justificación médica oficial, serán evaluados con las ponderaciones acumuladas durante el bimestre o parcial; ya que existen fechas establecidas para subir calificaciones a la plataforma virtual de SEDUC y/o UNACAR. Cabe señalar, que esta consigna solo aplicará, con un día de anticipación a la fecha límite de captura oficial.

Art. 20° El alumno que falte a clases sin justificación alguna, perderá el derecho a acumular las puntuaciones de tareas, trabajos y exámenes correspondientes al día.

Art. 21° Con base a la normatividad emitida por el departamento de control escolar, registro y certificación de la SEDUC, un alumno que acumule 20 faltas consecutivas podrá ser dado de baja automáticamente.

Art. 22º El alumno no podrá hacer ninguna modificación o alteración a su boleta de calificaciones; en caso de presentarse alguna anomalía, bien sea numérica o en la firma del padre o tutor, se efectuará el duplicado, cubriendo el arancel correspondiente; en caso de reincidencia, será sancionado hasta llegar a la suspensión definitiva.

Art. 23° Clasificación de exámenes:
A nivel preparatoria:
a) Secuencia (mensual).
b) Intersemestral A
c) Intersemestral B
En el caso de los cursos y/o exámenes intersemestrales, solo podrán cursarlos y presentarlos los alumnos que no excedan de 4 materias como máximo de reprobación a nivel ordinario (Final). Oportunidad considerada como intersemestral “A”.
Para tener derecho a cursar el intersemestral “B”, el alumno deberá acreditar el 50% de las materias que haya presentado en el intersemestral “A” para poder continuar sus estudios de Bachillerato (ejemplo: si reprobó 4, deberá acreditar 2; lo mismo sería en el caso de 3, deberá acreditar 2); de lo contario, causará baja por reprobación de materia; “Todo esto, con base al reglamento de la UNACAR el cual nos rige, por estar incorporados a esa institución educativa”.
A nivel Secundaria:
a) Trimestral.
b) Extraordinario (2).
Un alumno de secundaria, solo podrá presentar cuatro asignaturas a extraordinario como máximo; de las cuales deberá acreditar por lo menos una de las cuatro reprobadas, en el mes de agosto, de los contrario será repetidor de grado.

Art. 24° La educación impartida en el plantel es laica, el alumno tendrá el compromiso de participar con respeto en las actividades cívicas y culturales que promueva la institución representándola dignamente en las áreas cognitivas, sin justificación de tipo personal alguna.

Art. 25° Cada maestro llevará en su libreta un control de asistencia, aprovechamiento y conducta, información que deberá proporcionar a las autoridades educativas y a los padres de familia en el momento en que lo requieran.

Art. 26° Los alumnos deberán de ser respetuosos con todas y cada una de las personas que integran la institución (compañeros, docentes, administrativos e intendencia).

Art. 27° El maestro reportará a la dirección escolar cualquier anomalía con el alumno en caso de que la situación lo amerite.

Art. 28° Los alumnos no podrán hacer tareas durante una clase que sea ajena a la asignatura correspondiente.

Art. 29° El alumno evitará tirar al piso papeles u otros materiales que lo ensucien, debe hacer uso de los botes recolectores. Por lo que está estrictamente prohibido ingerir y/o introducir todo tipo de alimentos o líquidos al aula de clases.

Art. 30° El alumno tiene la obligación de traer el equipo, materiales y recursos necesarios para tomar sus clases y cumplir con las tareas asignadas, de lo contrario, no se permitirá que se lo lleven a la escuela, ya que es responsabilidad de él (ella) cumplir con su material de apoyo para cada asignatura.

Art. 31° El servicio del internet inalámbrico es estrictamente de uso académico, siendo este una herramienta de trabajo en el aula para el profesor.

Art. 32° Queda estrictamente prohibido que el alumno introduzca al plantel alguna clase de arma blanca o de fuego que pueda causar daños a sí mismo o a segundos, siendo motivo de suspensión definitiva.

Art. 33° Los alumnos deberán asistir a las conferencias, seminarios y proyecciones planificadas en las materias que estén cursando.

DISCIPLINA

Art. 34° Los alumnos deberán de guardar estricta disciplina dentro y fuera del aula, evitando cualquier desorden. De no ser así, se emitirá hasta dos reportes notificándole, primero al alumno, posterior al padre de familia; y al tercero, será acreedor a una suspensión de hasta tres días hábiles (de acuerdo a la indicación de la Dirección).

Art. 35° Los alumnos deberán de abstenerse de realizar actividades comerciales, políticas o religiosas en el interior del plantel.

Art. 36° Queda estrictamente prohibido atentar contra la integridad física y emocional de las personas que conforman la institución (alumnos, docentes, administrativos e intendencia); de no respetar esta indicación, el alumno ameritará separación definitiva o parcial de los servicios que le presta la institución, dependiendo de la situación que se presente.

Art. 37° El o los alumnos que causen algún daño o deterioro en los bienes personales de algún compañero (a), deberán repararlo, reponerlo o pagar el valor del objeto en cuestión.

Art 38° Los alumnos que incurran en agresiones físicas o verbales serán merecedores a cartas compromisos, de la misma manera se les dará aviso a los padres.
a) Cabe señalar que debido a las actualizaciones en la Ley General de Educación y en la Ley para la protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con referencia al Bullying; el Padre de familia o tutor por su parte tendrá que dar apoyo a la institución con respecto al comportamiento del joven.
b) Por parte de la institución, el joven será remitido al departamento psicopedagógico para asesorías psicológicas, esta misma instancia dictaminará si es necesario o no, que el alumno se encuentre en seguimiento psicológico fuera de la institución. En este punto se efectúa uno de los diversos apoyos que el padre de familia o tutor otorgará.
c) Si el padre de familia no se interesa o no otorga seguimiento al alumno, ambos serán llamados a dirección para exponerles la sanción pertinente.

Art. 39° Cuando el alumno recopile dos cartas compromisos será merecedor a expulsión definitiva sin derecho a reinscripción en nuestro colegio para el siguiente Ciclo escolar.

Art. 40° Los alumnos que incurran, infrinjan, permitan o toleren actos de violencia en el entorno escolar o en su defecto, inciten a la realización de éstos, serán sancionados de igual manera.

Art. 41° Se sancionará al alumno que se tome el atrevimiento de grabar imágenes impropias de sus compañeras (os), en cámaras digitales o celulares y darles un uso inconveniente.

Art. 42° No se permitirá el acceso a la institución de objetos distractores que impidan las funciones académicas, tales como juegos, revistas, juegos de azar, iPod, celular, laptop, mp3, etc. En este mismo sentido, la clave de internet no será proporcionada al alumno, ya que no se considera necesario.

Art. 43° La escuela no se hace responsable de la pérdida, sustracción o daños de objetos de valor, joyas, celulares, dinero en efectivo, etc.; cada alumno debe estar al pendiente de sus cosas personales, por ello, no aceptaremos réplica alguna por alumno o tutor.

Art. 44° Cuando un alumno se sienta físicamente mal de salud, se tendrá en observación y se notificará al padre o tutor vía telefónica, ya que no estamos facultados para suministrar ningún medicamento.

Art. 45° El padre o tutor deberá comprobar por escrito todo diagnóstico médico, si el alumno padece alguna enfermedad crónica que implique cuidados especiales o alergias generales (alimentos, medicamentos, materiales, etc.). Problemas de asma, diabetes o algunas otras enfermedades que no sean informado en su momento a la dirección, la institución no se hará responsable de la gravedad del cuadro clínico que pueda presentarse.

Art. 46° El alumno contará con un seguro escolar contra accidentes (independiente de su servicio médico), mismo que lo respaldará en las actividades académicas dentro del plantel, actividades extracurriculares o en el transcurso a su casa. La garantía sólo aplicará a quienes hayan cubierto el monto estipulado, siempre y cuando el medio de transporte no sea en moto o bicicleta.

Art. 47° El alumno no podrá salir del plantel sin el permiso o la autorización del padre de familia; el cual podrá ser avalado por una nota firmada por él, adjuntando copia del INE; o bien sea notificado vía telefónica.

Art 48° Los alumnos que presenten inasistencia, mala conducta, problemas en su desempeño escolar, deberán de ser canalizados por el docente o prefecto al departamento de psicopedagógico escolar y trabajo social.

Art. 49° En caso de que el alumno sea expulsado definitivamente o suspendido parcialmente por cuestiones de indisciplina, no se realizará la devolución de los pagos que el padre de familia o tutor haya hecho; ya que el servicio fue otorgado en tiempo y forma, durante la permanencia del alumno en la institución.

Art. 50º Queda estrictamente prohibido el uso de celulares dentro de la institución, los alumnos se comunicarán con sus padres cuando sea necesario, a través del teléfono de la institución.

Art. 51º Se restringirá el ingreso de sustancias nocivas para la salud física y emocional del alumno(a) de esta institución (enervantes, psicotrópicos, tabaco, el gases, bebidas alcohólicas, bebidas energéticas, etc.); en el caso de que el alumno(a) sea sorprendido haciendo uso de éstas, se notificará al padre o tutor, se turnará al departamento de orientación escolar a través de la dirección para tratar dicho problema. Asimismo, se canalizará al alumno y padre o tutor a una institución especializada y se procederá a dar baja definitiva dependiendo de la situación.

SANCIONES

Art. 52º Las sanciones escolares serán las siguientes:
a) Amonestaciones (Verbales o Escritas).
b) Suspensión temporal de clases (3 a 5 días), dependiendo de la gravedad de la falta y canalización al departamento psicopedagógico por el tiempo suspendido.
c) Citatorios al padre o tutor.
d) El Alumno que reincida en múltiples ocasiones en presentar conductas inapropiadas en apego el reglamento escolar, se citará a sus padres y estos tendrán obligación de presentarse para firmar una carta compromiso aprobada por la dirección y el departamento psicopedagógico como último recurso para permanecer dentro del plantel; de lo contrario causara baja definitiva. Asimismo, aun siendo el alumno regular de la institución, pero habiendo acumulado dos cartas compromiso será condicionada su reinscripción.

Art. 53° Los documentos originales en el caso de alguna solicitud de baja, solo serán entregados a quienes hayan designado como tutor; de lo contrario, el solicitante debe presentar una carta poder (notariada) y copia de su identificación oficial.

Art. 54° El sustraer objetos pertenecientes a la escuela o a personas particulares (maestros, empleados o alumnos), amerita expulsión definitiva según sea la gravedad del caso.

Art. 55° Será sancionado el alumno que deteriore bienes y muebles de la institución. El responsable deberá efectuar su reposición o sustitución del objeto dañado, en un plazo máximo de 48 hrs., quedando suspendido durante ese periodo.

Art. 56º Será sancionado todo aquel alumno que haga uso de fotos impropias o comentarios ofensivos a otro compañero.

Art. 57° Queda estrictamente prohibido las muestras excesivas de afecto, abrazos, besos y caricias entre los alumnos.

Art 58º Los casos no previstos serán resueltos por la dirección de esta institución.

REGLAMENTO PARA PADRES

REGLAMENTO DE PADRE/TUTOR

Art. 1.- El padre de familia o tutor deberá cumplir puntualmente con el horario de entrada y salida de la Escuela.

Art. 2.- La entrada para los alumnos será a las 7.00 a.m., y tendrán una tolerancia de 5 minutos en el caso de días lluviosos o según sea la intensidad de la inclemencia del tiempo. Por el contrario, en los días en el que el clima sea normal, siendo las siete de la mañana con un minuto, no se permitirá la entrada al plantel a ningún alumno que no llegue acompañado por el tutor o padre de familia.

Art. 3.- La salida de los alumnos será a las 14:00 para los que cursan la secundaria; y a las 14:10, para los de preparatoria; el padre o tutor contará con un margen de tolerancia de 20 minutos para recoger al alumno, después de este tiempo, es decir, a partir de las 14:21 (secundaria) ó 14:31 (preparatoria), se considerará como retardo; aquellos padres que en más de una ocasión asistan atrasados por sus hijos, se le cobrará otro servicio. Por seguridad e integridad del menor, se solicita su puntualidad.

Art. 4.- El padre o tutor se compromete a cubrir el costo de los daños causados al plantel por negligencia de su(s) hijo(s).

Art. 5.- El padre o tutor se compromete a supervisar que su(s) hijo(s) no lleve(n) objetos de valor a la escuela; ya que ésta no se hará responsable de la pérdida, sustracción o daño que sufran.

Art. 6.- Es indispensable que el padre de familia informe al personal de la escuela, cualquier alteración en el estado de salud de su hijo. Hacer del conocimiento de la dirección del plantel, mediante certificado médico, cualquier padecimiento o enfermedad que sufra, para así saber si requiere de alguna consideración para un desempeño óptimo en ciertas asignaturas.

Art 7.- Si durante su estancia en el plantel el alumno presentara algún malestar, se llamará al padre o tutor para que recoja a su hijo de manera inmediata.

Art. 8.- Es responsabilidad del padre o tutor supervisar el uso de información que emplean su hijo en redes sociales, con la intención de que el alumno le dé el uso correcto.

Art 9.- Es deber de los padres de familia o tutores, apoyar a su (s) hijo (s) en sus actividades escolares, procurándole un espacio adecuado de estudio y dotándole de los materiales que el propio proceso educativo demande.

Art. 10.- Responder en tiempo y forma a los llamados de los docentes y directivos, a fin de mantener una adecuada comunicación.

Art. 11.- Justificar a tiempo las inasistencias de su hijo (a) en el departamento de prefectura en un plazo no mayor a 48 horas; de no suceder así, se le evaluará con los puntajes obtenidos en las actividades, trabajos, proyectos, etc., ponderados en los criterios de evaluación hasta antes de sus inasistencias; siempre y cuando, el alumno se encuentre en período de exámenes; por el contrario, en período ordinario, perderá los puntos obtenidos durante el tiempo de su ausencia y quedará a consideración del profesor la recepción de trabajos académicos. Cabe señalar, que esta consigna aplicará, con un día de anticipación a la fecha límite de captura de calificaciones en la plataforma oficial de SEDUC y/o UNACAR. En el entendido de que habiéndose registrado en la calificación en el sistema, no se podrá hacer modificación alguna.

Art 12.- Con base a la normatividad emitida por el departamento de control escolar, registro y certificación de la SEDUC, un alumno que acumule 20 faltas consecutivas podrá ser dado de baja automáticamente. En el caso de la preparatoria, todo alumno que deje de asistir durante 7 días hábiles sin justificación o notificación alguna a la dirección de la escuela, será dado de baja temporalmente; sin embargo, no queda exento del pago de colegiaturas, en tanto el padre de familia o tutor, no informe o confirme la baja definitiva de manera presencial.

Art. 13.- Supervisar que su hijo o tutorado asista a clases con el uniforme correspondiente al día escolar. De lo contrario, se le retirará.

Art. 14.- Asistir a todas las reuniones y entrevistas solicitadas por la Dirección, las Coordinaciones académicas, departamento psicopedagógico, maestros y/o asesores.

Art. 15.- Cubrir en tiempo y forma los aranceles correspondientes a la colegiatura de su hijo(a), con base al calendario de pagos. De no ser así, se le solicita pasar al departamento contable, con el fin de establecer un acuerdo y evitar atrasos en el aprendizaje del alumno, por suspensión del servicio. No obstante, solo podrá tener derecho a un convenio de pago durante el semestre, en el caso de la preparatoria y a 2, en el caso de la secundaria.

Art. 16.- Considerar que las promociones de inscripción o reinscripción sólo serán aplicadas en las fechas establecidas por la institución.

Art. 17.- Respetar en todo momento el tiempo de trabajo del personal de la escuela. Por lo que será necesario agendar una cita con la secretaria para aclarar dudas respecto al desempeño académico de su hijo, tanto con los asesores, como con los profesores, departamento psicopedagógico coordinación académica o la dirección general.

Art. 18.- Deberá presentarse al plantel vestido(a) en forma decorosa (no short, sin mangas o bajo el influjo de alguna sustancia).

Art. 19.- Apoyar a su hijo o tutorado, verificando diariamente que los libros, cuadernos y útiles escolares que van a casa, regresen al colegio el día que los necesite o solicite el maestro. Quedará criterio de la coordinación del nivel correspondiente si el alumno se integra o no a sus clases regulares el día que se presente a la escuela sin sus herramientas de estudio y trabajo. De igual forma no se le permitirá al alumno hacer llamadas telefónicas para solicitar que le alcancen los materiales olvidados, ni se le permitirá al padre de familia que se los alcance al colegio.

Art. 20.- El alumno que reincida en múltiples ocasiones en presentar conductas inapropiadas en apego al reglamento escolar, se citará a sus padres y estos tendrán obligación de presentarse para firmar una carta compromiso aprobada por la dirección y el departamento psicopedagógico, como último recurso para permanecer dentro del plantel; de lo contrario, causará baja definitiva. Asimismo, aun siendo alumno regular de la institución, pero habiendo acumulado dos cartas compromiso, será condicionada su reinscripción.

Art. 21.- Respetar el orden en una sola fila, a la hora de dejar o recoger a su hijo (a); ya que de lo contrario, no se voceará al alumno (a). Todo ello, con la finalidad de evitar accidentes de cualquier tipo.

Art. 22.- Usar la puerta principal para entrada y salida, en el caso de los alumnos de secundaria; y la puerta trasera, en el caso de los alumnos de preparatoria.

Art. 23.- Cumplir con todos los requerimientos solicitados por el departamento psicopedagógico, cuando su hijo (a) sea turnado (a). Asimismo, para el caso de nuestros alumnos con Necesidades Educativas Especiales, es obligación del padre de familia o tutor entregar la documentación que avala el diagnóstico y/o tratamiento médico o neurológico de una institución oficial.